No hay consuelo sin techo: el precio de la vivienda y la muerte del trabajo social.

  Eslogan del movimiento "V de vivienda", allá por 2007. Si tenemos un trabajo social limitado a la lógica del empleo, cuando tener un salario no garantiza el acceso a los bienes básicos, ni siquiera a la vivienda, mucho del trabajo social pierde su sentido.   El mercado laboral como límite del trabajo social. Tenemos un modelo de trabajo social caduco que es heredero del marco definido hace más de 50 años por “Estado del bienestar” ( welfare state ) y que, pese a los profundos y estructurales cambios sociales, sigue siendo predominante en la intervención social, tanto desde la institución pública como desde los agentes privados del famoso “tercer sector”. El estado de bienestar reconoce y afianza el papel central de la economía productiva como elemento organizador del sistema y asume la jerarquía del mercado laboral y del empleo en la regulación de las relaciones sociales, y también a la hora definir los mecanismos de distribución de la riqueza. Es el “mundo del tra

Que no os separen.

 


 Ternura (1989) Oswaldo Guayasamín 

 

Me pongo a escribir aún conmocionado por la noticia que ha saltado en redes estos días respecto a la separación forzada de madres y criaturas que llegaban a Canarias en su proceso migratorio. Una separación de oficio, que se hacía a instancias de fiscalía, y que suponía, en muchos casos, semanas de separación, teóricamente justificada para hacer unas supuestas pruebas de ADN para comprobar la maternidad biológica y descartar, por tanto, que los niños o niñas pudieran ser víctimas de trata. (Como si eso fuera una prueba definitiva...)

Por suerte, y por trabajo y activismo de muchas, esta situación en parte se ha revertido y han pasado solo 3 días y más de 2000 retweet desde que saltó la noticia para que algunas mujeres pudieran re-encontrarse con sus criaturas. Ha habido con una repulsa casi unánime en redes sociales que demuestra que el sentir común está más cerca de los derechos humanos que las leyes y que quienes las administran.

A parte de la celebración por el reencuentro me parece importante resaltar algunas cuestiones que este caso han puesto de relevancia, y que en la medida que se integren en el debate y en discurso social, podremos, y debemos, transformar el marco de protección de la infancia hacia el cuidado.

Porque aunque duela la afirmación, la separación de la madre y sus hijos/as es algo común y frecuente dentro del Sistema de Protección de Menores, hasta el punto de que no existen medidas de protección que respeten a la díada madre-criatura y posibiliten mantener la convivencia, ya sea asistida, acompañada o de cualquier otra manera que pueda servir para restaurar los elementos disfuncionales que pudiera haber en un sistema familiar sin privar al niño o a la niña de su vivencia de madre y de su experiencia, más o menos precaria, de amparo, que por mucho que se diga, no tiene alternativa institucional.

Porque un centro es un centro y una madre es una madre. Todos los chavales y chavalas saben la diferencia.

Las personas que estamos cerca de la red de protección sabemos que hay casos, pocos, en que la convivencia entre familiares y niñas es muy difícil y temporalmente puede ser nociva, pero para nada esta circunstancia justifica que la declaración de desamparo se haga siempre a la contra de la familia y que implique una retirada de tutela y una separación.

Esta separación siempre es traumática, supone un daño a las niñas y a los niños y también a las madres, por lo que tendría que ser una medida excepcional, y en los pocos casos que se diera, tendría que venir acompañada de medidas compensatorias, recursos materiales, profesionales y técnicos, para ayudar a reparar el daño y minimizar el tiempo de separación.

Riesgo y desamparo

Esto contrasta con la realidad de la ley española de protección (sin entrar ahora en extranjería, que aún dificulta todo más) que diferencia entre desamparo y riesgo definiendo una frontera absolutamente artificial con efectos devastadores.

Porque el riesgo se convierte en desamparo, y viceversa, en función de los ojos que lo miren.

Y también influyen elementos tan ajenos a la situación social como el número de expedientes que haya encima de la mesa, o la oferta de plazas libres y/o familias acogedoras disponibles para asumir la guarda después de que se consume la separación familiar.

Es una frontera infranqueable y dolorosa porque la diferencia entre una declaración de riesgo y una declaración de desamparo es tan brutal como la diferencia que da la posibilidad de estar con tus hijos/as o que no puedas verles más allá de las visitas pautadas por los directores/as de los centros de acogida o de las visitas supervisadas (vigiladas) de “puntos de encuentro familiar”, en cualquier caso poco frecuentes y en contextos artificiales de por sí impiden ejercitar el afecto y cultivar el vínculo.

Por otro lado, la declaración de riesgo, sin desamparo, el único alivio que implica es la posible postergación de momento de separación, porque, por mucho que se diga, no hay ayudas, ni asistencia social ni acompañamiento efectivo para que el supuesto riesgo deje de ser.

No se sale de pobre, si se adquieren dinámicas de parentalidad positiva, de un día para otro, por muchas visitas y entrevistas que se pudieran tener con los servicios sociales correspondientes. Hay más probabilidad de caer atrapado/a en un marco de prestaciones y contraprestaciones que de revertir la situación de riesgo y mejorar la situación.

Además, ese marco de prestación/contraprestación no hace más que intensificar los mecanismos de control y por tanto la percepción de alarma, porque en la medida que la realidad no mejora y se cronifica, se aumenta el riesgo de que la situación derive en una declaración de desamparo, con la consiguiente retirada de tutela.

De esta forma la atención al riesgo tiene el efecto de enfrentar a las familias a la acción de los servicios sociales, porque en modo alguno los perciben como un recurso para mejorar su situación, y por otro lado ven cada vez más cerca la posibilidad de que sus hijos/as sean sustraídos por el sistema.

Así, conforme la situación de la familia empeora y más necesidades tienen, más importante es alejarse de la dinámica de control de los servicios sociales si quieren conservar a sus hijos, y de esta manera se pierde la poca o mucha ayuda que pudieran suponer, dificultándose cada vez más el amparo de los niños y niñas a cargo.

Protección, amparo y apego.

Claro que hay niños y niñas en situación de vulnerabilidad que sufren un ejercicio de guarda precario por parte sus madres y padres, y claro que se necesita un modelo de protección de niños y niñas que compense desigualdades sociales y garantice los derechos de las criaturas, pero no debiera ser un modelo edificado en contraposición a la experiencia de familia de la infancia.

Ni abandono institucional efectivo de las situaciones de riesgo, ni separación y retirada de tutela como única manera de garantizar por parte de la administración el cumplimiento de los derechos de la infancia. Susto o muerte.

Y para ello, como demuestra el caso de Gran canaria hay que partir de cero.

Si en una situación que nos conmueve a todos y todas, en un drama que duele, que percibimos de forma general como una desprotección y vulnerabilidad absoluta, nuestro sistema lo resuelve con una separación madre-criatura, tenemos un problema muy grave de fondo.

No hay excusas más allá del racismo estructural. Estamos ante el caso de mujeres, madres, que ponen su vida en riesgo junto con sus bebés en un proceso migratorio por la supervivencia, que llegan a nuestras costas absolutamente desamparadas, sin dinero, desnutridas, solo con su cuerpo al servicio del cuidado y del amparo de sus criaturas. Y a estas madres se les está separando de sus hijos e hijas.

Analizar a fondo el funcionamiento del sistema de protección no da para un post de este blog, pero sí que hay que llamar la atención respecto a la minusvaloración que se da del vínculo de la madre criatura y apuntar a que las alternativas han de ir por ahí, por mimar ese vínculo como factor de protección.

Últimamente se habla mucho de resiliencia, y aunque la vendan como un toque mágico de hada, tiene más que ver con los procesos psico-afectivos de los primeros meses de vida, que se denostan sin pudor en el sistema de protección.

El vínculo como objeto de protección.

¿Alguien piensa, como en el caso de Canarias, que las necesidades de un bebé son diferentes a las de su madre? ¿Alguien piensa que se puede cuidar y amparar a una criatura sin amparar a su mamá? ¿Y por qué no se hace a la vez entonces?

¿Por qué no tenemos un modelo de protección que proteja el VÍNCULO, de manera que el cuidado de la madre y el amparo de la criatura sea una consecuencia de cuidar la relación, desde lo material, desde lo afectivo y desde lo social?

¿Qué sentido tiene enfrentar una situación de carestía, de precariedad y de privación de un bebé a la situación de pobreza y exclusión social de la madre? ¿Por qué no juntas...?

Y es que igual que el ejercicio correcto de la patria potestad permite la posibilidad de un padre ausente, proveedor material, pero exento de vínculo y de relación, tenemos un sistema de protección patriarcal y masculinizado que sustituye la figura del padre por la del Estado, con sus instituciones y centros, que es también funcional sin apego y sin vínculo, incluso con maltrato.

Desde una visión patriarcal y de género, la díada madre criatura es carente por definición, lo que ahí acontece no vale nada, el espacio de cuidados no es un lugar valioso para habitar, el afecto, el amor, son cosas feminizadas, prescindibles, que en una situación de emergencia se pueden comprometer y subordinar a un bien superior.

Un Estado que ha firmado todas las convenciones sobre derechos de la infancia se siente legitimado para privar a una criatura de su madre porque teóricamente le da todo lo demás, en una prepotencia absoluta, porque no hay nada más valioso que lo que se está usurpando y deslegitimando.

En alguna conversación con técnicos de menores, me decían que sentían que estaban haciendo un regalo a los niños y niñas cuando les proporcionaban una vía alternativa de desarrollo al margen de su familia biológica.

Para estos profesionales no podía compararse la vida que le esperaba a una criatura por la vía de la adopción, con una familia normalizada, con recursos, frente la vida que le podía dar su familia de origen, empobrecida e insolvente, a su juicio, para sostener un proceso de crianza viable, lo que iba desembocar en una dinámica de entradas y salidas de centros y de familias acogedoras muy poco saludable. (La fe en el sistema de protección por parte de los profesionales aún es menor que la que tienen las familias. Tenemos un sistema que solo es valorado como positivo por las empresas que lo gestionan)

La separación se ve siempre como la mejor solución a futuro. Pero desde esta óptica, nadie estaba viendo la madre, ni el daño que su ausencia implica en la experiencia de la criatura.

Un daño grave, profundo, que se da también en los casos de separación temprana, con compra/venta de bebés de la gestación subrogada, máxime si la separación se da después de un parto natural, de una lactancia, de un porteo, rompiendo un vínculo que, más o menos precario, va a ser fundamental para esta criatura a lo largo de su vida.

Un vínculo que, en nombre de la protección de menores, se extirpa a cambio de regalar una “familia” sustitutiva que borra el rastro de la injusticia, o a cambio de participar en un modelo patológico de centros basados en estructuras de encierro, de marcos normativos y de pedagogías conductistas.

Cultura perinatal.

La única explicación más allá de las causas estructurales, racistas y patriarcales, es la absoluta carencia de formación y sensibilidad perinatal de la mayoría de las personas profesionales que desde el sistema policial, judicial o de los servicios sociales gestionan estos casos.

Igual que allá por 2008 las compañeras de “El parto es nuestro” tuvieron que impulsar la campaña “que no os separen” , porque hasta en el ámbito de la atención al nacimiento había un desconocimiento de la fisiología del apego, y en base a unos protocolos absurdos, como pesar y medir a bebé, u otras acciones que perfectamente se podían hacer con la criatura sobre el pecho de la madre, se separaba la mamá del recién nacido (mucho habría que recuperar de esta campaña para combatir ciertos protocolos COVID en los paritorios) violentando y dañando el proceso saludable de nacimiento y encuentro, pues de la misma manera habría que impulsar una campaña “que no os separen” dentro de marco de protección de la infancia.

De forma que todo el mundo sepa lo que vulnera y lo que mutila cuando, por un procedimiento administrativo o judicial, se termina separando a un niño o niña de su familia.

Siguiendo con la analogía, igual que con la campaña de “cesáreas inne-cesarias” se explicitó que muchas de las cesáreas eran consecuencia directa de un mal hacer profesional en la atención al parto, de interferir en los procesos de nacimiento normales, también hay muchas retiradas de tutela innecesarias, que se dan por violentar las dinámicas relacionales de sistemas familiares precarios y empobrecidos.

Todo esta además desde una visión paternalista, colonialista y racista que da más valor al modelo ideal provisto por la institución que a la realidad de convivencia de la familia, que se podría apoyar y acompañar.

Judicialización de la protección

Esta cultura perinatal es fundamental, también, para que no pase como en los casos de violencia machista, que después judicializarlos, se encuentran en los juzgados con sentencias misóginas que llegan incluso a invalidar todo el proceso y el esfuerzo de una mujer que ha hecho pública su situación de malestar, con todos los riesgos añadidos que esto implica.

Que las retiradas de tutela se hagan en sede judicial y que no sea un procedimiento administrativo opaco y con muy pocas posibilidades de enmendarlo por parte de las familias, es una reivindicación histórica de las personas afectadas, de asociaciones y de colectivos de apoyo a la infancia.

Pero o se pone al sistema judicial al servicio del vínculo y de las necesidades de la infancia, o tendremos el mismo maltrato en forma de sentencia.

No sería mala idea impulsar conjuntamente la feminización del sistema judicial y la formación de jueces y fiscales en cuestiones de género (desde una visión inclusiva de la maternidad), con la formación en cuestiones perinatales y de vínculo. Que pudieran tatuarse en las togas las teorías del apego Bowlby para entender que administrar derechos no es igual que administrar necesidades.

Aunque vivamos en un contexto que prima el individualismo, y por tanto los derechos individuales, en el caso de protección de criaturas tenemos que hablar de sujetos y derechos colectivos.

El sujeto y el objeto a proteger es la díada, en edades tempranas, y la familia. Existe una dinámica de interdependencia que hace que privilegiar los derechos del niño o niña a la vez que se vulneran los de la madre o de otras adultas de referencia, sea irresponsable y contraproducente.

Esto es urgente y hay mucho camino por hacer, pero por lo que se nos viene con la famosa Ley Rhodes y otras iniciativas, cada vez más dificultades y problemáticas relativas a la infancia se van a dirimir en los juzgados, por lo que más nos vale que hagamos de ellos un espacio lo más entrañable posible.

Aunque mezclar leyes con ternura es como mezclar agua con aceite, no nos va a quedar más remedio que posicionarnos con fuerza en este escenario, o en su defecto, denunciar sin tregua la vulneración sistemática de los derechos de los niños y las niñas y las madres.

Y, a veces, como la razón y el sentir común está de nuestro lado, se puede conseguir alguna victoria como ha pasado en Canarias, con una gran importancia simbólica, que hace no perder la esperanza en la capacidad entrañable y cuidadora de nuestra sociedad.

#QueNosOsSeparen

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